Ayudas directas a autónomos y empresas para el apoyo a la solvencia empresarial en respuesta a la COVID-19

Martes, 8 de junio de 2021

La Consejería de Empresa, Empleo, Universidades y Portavocía de la Región de Murcia, a través del Instituto de Fomento, ha publicado el extracto de la convocatoria de ayudas directas a autónomos y empresas para el apoyo a la solvencia empresarial en respuesta a la COVID-19 (https://www.borm.es/services/anuncio/ano/2021/numero/4001/pdf?id=794678).

El objeto de las mismas es la aplicación en la Región de Murcia de las subvenciones de la línea Covid, financiadas por el Gobierno de España, para el apoyo a la solvencia y reducción del endeudamiento del sector privado.

Podrán acceder a estas ayudas los empresarios o profesionales y entidades creadas antes de 2020, cuyo volumen de operaciones anual del Impuesto sobre el Valor Añadido o tributo indirecto equivalente haya caído más de un 30 % con respecto a 2019; los empresarios o profesionales que apliquen el régimen de estimación objetiva en el IRPF, así como los grupos consolidados que tributen en el Impuesto de Sociedades en el régimen de tributación consolidada, y cuyo volumen de operaciones anual en 2020 haya caído más de un 30 %. Todos ellos deberán estar adscritos a los sectores CNAE definidos en el Anexo I de la Orden de Bases Reguladoras (https://www.borm.es/services/anuncio/ano/2021/numero/3889/pdf?id=794566).

Serán subvencionables los gastos que se destinen a la satisfacción de la deuda y pagos a proveedores, incluidas las nóminas de los trabajadores, y otros acreedores, financieros y no financieros, así como los costes fijos incurridos, siempre y cuando estos se hayan devengado entre el 1 de marzo de 2020 y el 31 de mayo de 2021 y procedan de contratos anteriores al 13 de marzo de 2021.

Las subvenciones no podrán superar el importe de los gastos subvencionables que satisfaga cada beneficiario, dentro de los siguientes límites:

a) Cuando se trate de empresarios o profesionales que apliquen el régimen de estimación objetiva en el IRPF, la subvención máxima será de 3.000 €.
b) Para el resto de los beneficiarios la subvención estará comprendida entre los 4.000 € y los 200.000 €.

Las personas interesadas en estas ayuda podrán presentar su solicitud, hasta el próximo 28 de junio, mediante el acceso a la página web https://ayudasolvenciaempresarial.institutofomentomurcia.es/

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