OFICINA DE REHABILITACIÓN DEL AYUNTAMIENTO DE BULLAS
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¿Qué es la Oficina de Rehabilitación del Ayuntamiento de Bullas?
La Oficina de Rehabilitación del Ayuntamiento de Bullas nace de la necesidad de acercar, informar y asesorar a los ciudadanos del municipio de las diferentes ayudas recibidas desde Europa para la rehabilitación de edificios y viviendas, financiadas a través de los fondos Next Generation, con el fin de ser una herramienta al alcance de todos los bulleros y bulleras.
Desde la Oficina de Rehabilitación se va a gestionar íntegramente las ayudas del programa de Rehabilitación a Nivel de Barrio (ERRP), de las diferentes ayudas que existen para la rehabilitación energética de edificios y viviendas, alquiler de vivienda, mejora de la accesibilidad, energías renovables, etc.
¿Cuándo?
Todos los martes de 09:00h a 14:00h de manera presencial, además podrás realizar tus consultas en cualquier momento en la siguiente dirección de correo electrónico oficinaderehabilitacion@bullas.es
¿Dónde?
En la Oficina Técnica del Ayuntamiento de Bullas (Casa D. Pepe Marsilla C/. Rosario nº 3).
AYUDAS Y SUBVENCIONES
En la siguiente tabla podrás acceder a toda la información de las ayudas y subvenciones de rehabilitación energética, adquisición de vivienda, ayudas para el alquiler de vivienda, mejora de la accesibilidad, energías renovables, etc.
TIPO DE AYUDA | PUBLICACION BORM | CONVOCATORIA | PLAZO DE SOLICITUD | INFORMACION Y SOLICITUD | ORGANO GESTOR | OFICINAS DE INFORMACION |
Rehabilitación a nivel de barrio (P1) | Publicación en el BORM | Convocatoria, solicitud y modelos | Desde el 2 de mayo hasta el 31 de agosto | Oficina de rehabilitación del Ayuntamiento de Bullas |
Ayuntamiento de Bullas | Oficina de rehabilitación de Bullas |
Rehabilitación a nivel de edificio (P3) | Publicación en el BORM | Convocatoria
|
Hasta el 31 de julio de 2024 | Información y solicitud | CARM | Oficinas de rehabilitación colegios profesionales |
Actuaciones de mejora de la eficiencia energética en viviendas (P4) | Publicación en el BORM | Convocatoria
|
Hasta el 31 de julio de 2024 | Información y solicitud | CARM | Oficinas de rehabilitación colegios profesionales |
Elaboración del Libro del Edificio y la redacción de proyectos (P5) | Publicación en el BORM | Convocatoria | Hasta el 31 de julio de 2024 | Información y solicitud | CARM | Oficinas de rehabilitación colegios profesionales |
Accesibilidad | Publicación en el BORM | Convocatoria
|
Hasta el 1 de julio de 2024 | Información y solicitud | CARM | Oficinas vivienda CARM |
Bono alquiler joven |
Próximamente
|
Próximamente | Próximamente | Próximamente | CARM | Oficina vivienda CARM |
Instalaciones de autoconsumo energético | Próximamente | Próximamente | Próximamente | Próximamente | CARM | Oficina Industria CARM |
Ayuda para la adquisición de viviendas y ayuda al alquiler | Publicación en el BDNS |
|
Hasta el 1 de marzo de 2025 | Información y solicitud | CARM | Oficina vivienda CARM |
Beneficios fiscales rehabilitación | Publicación BOE |
|
Vigente para la RENTA 2023 | AGENCIA TRIBUTARIA | AGENCIA TRIBUTARIA | – |
Otras ayudas y subvenciones | – | – | Según convocatoria | Información y solicitud | CARM | Oficina Vivienda CARM |
PREGUNTAS FRECUENTES
¿Se pueden solicitar ya las ayudas de rehabilitación?
El plazo para solicitar las ayudas de Rehabilitación a nivel de Barrio (P1), estará abierto desde el 2 de mayo de 2024 hasta el 31 de agosto, ambos inclusives.
En el apartado “AYUDAS Y SUBVENCIONES” dispones de una tabla en la que se reflejan los plazos de solicitud y demás información de todas las ayudas y subvenciones.
¿Qué diferencia hay entre las distintas ayudas de rehabilitación?
Programa 1. Ayuda a las actuaciones de Rehabilitación a Nivel de Barrio.
Se trata de ayudas financiadas a través de los fondos NEXT GENERATION, las cuales serán convocadas y gestionadas por el Ayuntamiento de Bullas.
El objeto de estas ayudas es la reducción de al menos el 30% de la energía primaria no renovable de los inmuebles (edificios y viviendas unifamiliares) incluidos en el ámbito del ERRP.
Para el caso de los inmuebles existentes en el ERRP de Bullas y La Copa de Bullas, las zonas climáticas son la C3 y D3, dependiendo de la altitud.
Por lo que, se deberá conseguir, además, una reducción de la demanda energética anual global de calefacción y refrigeración del inmueble según corresponda, de al menos:
– Un 35 % en zona climática D
– Un 25 % en zona climática C
Estas ayudas no son compatibles con las ayudas del Programa 3.
Las cuantías según el grado de reducción de energía primaria no renovable son conforme al siguiente cuadro:
Programa 3. Ayudas a las actuaciones de rehabilitación a nivel de edificio.
Se trata de ayudas financiadas a través de los fondos NEXT GENERATION, las cuales son convocadas y gestionadas por la Dirección General de Vivienda.
El objeto de estas es la reducción de al menos el 30% de la energía primario no renovable de los inmuebles (edificios y viviendas unifamiliares) ubicados en la Región de Murcia.
Para el caso de inmuebles ubicados en zona climática C y D, se deberá conseguir, además una reducción de la demanda energética anual global de calefacción y refrigeración del inmueble según corresponda, de al menos:
– Un 35 % en zona climática D
– Un 25 % en zona climática C
Estas ayudas no son compatibles con las ayudas del Programa 1.
Las cuantías según el grado de reducción de energía primaria no renovable, son conforme al siguiente cuadro:
Programa 4. Ayudas destinadas a las actuaciones de mejora de la eficiencia energética en viviendas en la Región de Murcia.
Se trata de ayudas financiadas a través de los fondos NEXT GENERATION, las cuales son convocadas y gestionadas por el la Dirección General de Vivienda.
El objeto de estas ayudas es la reducción de la demanda energética anual global de calefacción y refrigeración de, al menos, el 7 % o una reducción del consumo de energía primaria no renovable de, al menos, un 30 %, de los inmuebles (viviendas unifamiliares o pertenecientes a edificios plurifamiliares) ubicados en la Región de Murcia.
La cuantía de la subvención será del 40% de la inversión subvencionable por vivienda, de acuerdo a los siguientes umbrales:
¿Por qué es necesario contactar con un técnico para el trámite de estas ayudas y subvenciones?
Para poder cumplir los requisitos energéticos de las distintas ayudas y subvenciones de rehabilitación será necesario estar asesorado en todo momento por un técnico competente en este caso podría ser un Arquitecto o Arquitecto Técnico.
Además, se deberá de presentar junto con la solicitud, una memoria técnica o proyecto (según el caso) donde se describan, cuantifiquen y justifiquen las actuaciones a realizar, certificados energéticos y el Libro del Edificio Existente, estos documentos deberán de ser redactados y firmados por un técnico competente en este caso podría ser un Arquitecto o Arquitecto Técnico.
Además se deberá de presentar junto con la solicitud, una memoria técnica o proyecto (según el caso) donde se describan, cuantifiquen y justifiquen las actuaciones a realizar, certificados energéticos y el Libro del Edificio Existente, estos documentos deberán de ser redactados por un técnico competente en este caso podría ser un Arquitecto o Arquitecto Técnico.
Pregunta a tu técnico de cabecera o también puedes contactar con otros profesionales a través del siguiente enlace: