Punto de Información del Plan de Vivienda 2017

El Ayuntamiento de Bullas pone al servicio del ciudadano un Punto de Información desde el cual se informará de las distintas ayudas y subvenciones enmarcadas dentro del Plan Vivienda 2013-2016, en su prórroga 2017, y se proporcionará asesoramiento de los procedimientos necesarios para poder llevar a trámite la solicitud de éstas.

Las ayudas y subvenciones incluidas en el actual Plan Vivienda son las siguientes:

  • Subvenciones para la rehabilitación edificatoria
  • Ayudas pare el Informe de Evaluación del Edificio

El Punto de Información del Plan Vivienda prestará sus servicios al ciudadano todos los jueves hasta finales de julio, en horario de 09:00 h a 14:00 h.

Éste se ubicará en la segunda planta de la Oficina Técnica, situada en Casa D. Pepe Marsilla, C/ Rosario, nº 3.

A continuación, exponemos las principales características de cada una de las ayudas y subvenciones incluidas en el Plan Vivienda 2017:

Subvención para la rehabilitación de edificios

Objeto de la subvención:

Obras y trabajos de conservación, eficiencia energética y accesibilidad en:

  • Instalaciones y equipamientos propios.
  • Elementos y espacios privativos comunes de edificios residenciales colectivos anteriores a 1981 en los que el 70% de la superficie construida sea de uso residencial y que el 70% de las viviendas sean el domicilio habitual de sus propietarios o arrendatarios.
  • Los edificios con graves daños estructurales o de otro tipo.

Beneficiarios:

Comunidades de propietarios, agrupaciones de comunidades de propietarios y propietarios únicos de edificios de viviendas.

Cuantías Subvencionables:

La cuantía máxima no podrá superar 14.850 euros por vivienda y por cada 100 m2 de superficie útil de local y  16.335 euros si el inmueble está catalogado o es BIC.

Con cargo a fondos estatales: un 35% del presupuesto protegido (50% en caso de mejora de la accesibilidad).

Con cargo a fondos CARM: un 35% de la ayuda estatal resultante.

Requisitos:

Serán edificios de carácter residencial colectivo, construidos antes de 1981.

  • El 70% de la superficie sobre rasante será destinada a uso residencial y constituirá la vivienda habitual de los beneficiarios.
  • Acuerdo de la Comunidad de Propietarios.
  • Informe de evaluación de edificios (IEE).
  • Proyecto o memoria de la actuación a realizar.

Plazo de presentación:

El plazo de presentación será de un mes.

Ayudas para el Informe de Evaluación de edificios

Objeto de la subvención:

El objeto de este programa es el impulso a la implantación y generalización de un Informe de evaluación de los edificios que incluya el análisis de las condiciones de accesibilidad, eficiencia energética y estado de conservación de los mismos, mediante una subvención que cubra parte de los gastos de honorarios profesionales por su emisión.

Beneficiarios:

Podrán ser beneficiarios de estas ayudas las comunidades de vecinos, agrupaciones de comunidades o propietarios únicos de edificios de carácter predominantemente residencial, que cuenten con el informe de evaluación a que se refiere el artículo anterior antes de que del inicio del plazo de solicitud.

Cuantías Subvencionables:

La Las ayudas consistirán en una subvención, equivalente a una cantidad máxima de 20 euros por cada una de las viviendas de las que conste el edificio, y una cantidad máxima de 20 euros por cada 100 m2 de superficie útil de local, sin que en ningún caso pueda superarse la cantidad de 500 euros, ni el 50% del coste del informe por edificio.

Requisitos:

Para la obtención de la ayuda, será preciso presentar el Informe de evaluación del edificio, con los contenidos que figuran en el anexo II de este real decreto, debidamente cumplimentado y suscrito por técnico competente. Deberá aportarse también la correspondiente factura de honorarios, original o copia, emitida por el profesional o los profesionales que hubieren realizado el informe.

Plazo de presentación:

El plazo de presentación será de un mes.

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