JUNTA DE GOBIERNO

La Junta de Gobierno Local es un órgano colegiado de asistencia a la Alcaldesa en el ejercicio de sus funciones, así como el ejercicio de las atribuciones delegadas por la Sra. Alcaldesa o las Leyes.

COMPOSICIÓN

Presidencia: Sra. Alcaldesa, Doña María Dolores Muñoz Valverde
Vocal: Don Antonio José Espín Espín
Vocal: Don Alfonso Manuel Guirado Egea
Vocal: Don Agustín Vicente Madrid
Vocal: Don Alfonso Manuel Sánchez López
Vocal: Don Abraham Fernández López

SESIONES

Se reúne el primer y el tercer jueves, no festivo, de cada mes, a las 19:00 horas en la sala de juntas del Ayuntamiento de Bullas.

FUNCIONES

Fijadas en el Decreto de Alcaldía nº 1642/2023, de 21 de junio..
Corresponde a la Junta de Gobierno Local, además de la asistencia permanente a la Alcaldesa en el ejercicio de sus atribuciones, las siguientes competencias que se delegan:

– Aprobaciones de los instrumentos de planeamiento de desarrollo del planeamiento general no expresamente atribuidas al Pleno.
– Aprobación de los instrumentos de gestión urbanística y de los proyectos de urbanización.
– Concesión de licencias urbanísticas.
– Concesión de licencias de actividad.
– Concesiones demaniales que no sean competencia del Pleno.
– Aprobar la oferta de empleo público de acuerdo con el Presupuesto y la plantilla aprobados por el Pleno.
– Acordar el nombramiento y sanciones del personal, salvo la separación del servicio de los funcionarios de la Corporación y el despido del personal laboral.